Impunidad y violencia en los Altos de Chiapas
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
a 15 de diciembre de 2017.
Al Pueblo de México
A los organismos e instancias de derechos humanos y humanitarios
Como colectivo de organismos de la sociedad civil, hemos conocido y revisado la sentencia emitida por el
Lic. Claudio Aníbal Vera Constantino, Magistrado del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 03 de Tuxtla
Gutiérrez, Chiapas, dentro del expediente 781/2005, suscrita y certificada desde el día 06 de noviembre del
presente (unos días antes de la agudización violenta del conflicto), y notificada a las partes -Autoridades
Comunales de Chalchihuitán y de Chenalhó- y hecha pública hasta el día de antier, 13 de diciembre (un
mes y una semana después de emitida, ya escalado el clima de agresión y violencia del citado conflicto).
Respecto a dicha sentencia -cuya histórica problemática agraria, irresuelta de fondo con apego a justicia y a
derecho, ha constituido el pretexto central para desatar un clima de extrema violencia y, a la vez, encubrir
acciones e intereses ilegítimos de muy alta peligrosidad-
CONSIDERAMOS:
1° Que en su ambigua forma, el manejo de los tiempos y su débil contenido, dicha sentencia, más que
apegarse a un verdadero análisis y fundamentación histórica y jurídica en materia agraria del caso, más bien
parece ser producto de un cuidadoso cálculo político, que pretendería la administración del
problema, respondiendo a los tiempos políticos de las actuales administraciones estatal y federal;
2° Que, a pesar que en sus cuatro resolutivos finales, la sentencia, ambiguamente pareciera pretender el
mantener a salvo los derechos de ambas comunidades agrarias (Chenalhó y Chalchihuitán) en realidad
favorece absolutamente a la primera, y con ello encubre y alienta, a los ilegítimos intereses de la
delincuencia organizada, misma que, a través de la documentada acción impune de grupos armados de
corte paramilitar, ha obligado al inhumano desplazamiento de miles de indígenas (la mayoría de extrema
vulnerabilidad: mujeres, niñas y niños, y ancianas y ancianos) no sólo de Chalchihuitán, sino –aunque en
menor número- también de Chenalhó, provocando con ello, hasta el momento, la muerte de cerca de
una decena de niñoas-as y ancianas-os, y manteniendo a la verdadera base comunitaria de ambos
pueblos, en un permanente estado de angustia, miedo y sufrimiento,
En este contexto las organizaciones abajo firmantes ratificamos las siguientes exigencias:
1. Estrategia de desarticulación, desarme y castigo a los grupos civiles armados.
a. Investigación y solución de denuncias previas y expedientes congelados
b. Detención y castigo a responsablesc. Auditorías a las presidencias municipales de Chenalhó, Chalchihuitán y Chamula, ante la
presunción documentada de que desde ahí se desvían fondos para la compra de armas.
d. Confiscación de armas
e. Acciones judiciales efectivas
2. Reconocimiento del estatus legal de desplazamiento forzado interno.
a. Utilización y aplicación de protocolos
b. Garantías de seguridad e integridad personal a desplazadas/os
c. Instalación de campamentos para desplazadas/os
d. Ayuda humanitaria
e. Salud integral
f. Garantías de seguridad para el retorno y reintegración.
g. Reparación integral del daño
h. Aplicación ley de desplazamiento forzado del gobierno del estado de Chiapas
3. Libre tránsito.
a. Rehabilitación de vías de comunicación
b. Presencia permanente de organismos civiles, nacionales e internacionales para garantizar la
seguridad, la movilidad y el abasto. (CNDH, CICR, UNICEF, Alto comisionado de la
ONU, ACNUR, A.I.)
4. Garantías de seguridad para la observación de derechos humanos nacional e internacional en el
ámbito civil.
5. Atención del problema de fondo a través de un dialogo político desde las estructuras comunitarias
tradicionales y agrarias de ambos Bienes Comunales. Con observación de organizaciones de la
sociedad civil. Por lo que exigimos que las instancias jurisdiccionales que en lo sucesivo conozcan y
resuelvan sobre este caso, lo hagan con base y apego a los derechos colectivos (basados en la
autonomía y libre determinación) que se consagran en los instrumentos internacionales que el
Estado mexicano ha ratificado.
6. Solicitamos que la CNDH emita una recomendación, dado que no se cumplió con las medidas
cautelares hacia los gobiernos estatal y federal.
Campaña Popular Contra la Violencia Hacia las Mujeres y el Feminicidio en Chiapas
Colectiva CEREZA
Equipo de Atención Psicosocial Para la Situaciones de Violencia y Exclusión Social
Centro de Derechos de la Mujer de Chiapas A.C.
Comité Nacional Para la Defensa y Conservación de los Chimalapas
Maderas del Pueblo del Sureste A.C.
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, A.C.Casa de la Mujer Ixim Antsetik
Servicios y Asesoría Para la Paz
Salud y Desarrollo Comunitario A.C.
Fideicomiso Para la Salud de los Niños Indígenas de México, A.C.
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